Se reformo la Ley Hacienda del Estado de Tamaulipas, creando impuestos ecológicos en materia de contaminación atmosférica. Con el objetivo de incentivar a las empresas a reducir y mitigar la contaminación de sus actividades, para poder remediar los daños causados por estas. Este impuesto aplica a cualquier persona física o moral que dentro del Estado cuenten con fuentes fijas o instalaciones que emitan gases de efecto invernadero.

Las emisiones a la atmosfera se consideran como expulsiones directas o indirectas de los siguientes gases de efecto invernadero: dióxido de carbono, metano, óxido nitroso, hidrofluoruro-carbonos, perfluorocarbonos, y hexafluoruro de azufre. Con fuentes fijas se refiere a cualquier instalación que esta de forma permanente en un lugar determinado, que se use para procesos industriales, comercios, servicios, o cualquier otra actividad que emita gases contaminantes a la atmosfera. Tomando en cuenta esto, este impuesto no aplica a fuentes móviles como los automóviles, ni aplica a otros gases los cuales no hayan sido mencionados.
El pago constara de 8.5 UMAs y fracción equivalente de CO2eq emitida con una exención de 5.5 UMAs resultando en un cobro final de 3 UMAs por tonelada, donde quedan exentas todas las personas que emitan menos de 25,000 toneladas de CO2eq anuales. Se deben convertir las toneladas de gases individuales a toneladas de CO2eq, la ley presenta una tabla de conversión para realizar estos cálculos. Se podrá calcular la base gravable de las siguientes formas: pruebas de laboratorio, estimación directa, con base en el Registro Nacional de emisiones (RENE), o con base en el Registro Estatal Ambiental. El pago se deberá realizar a más tardar el día 17 del mes siguiente en que se causó la contribución. Además de esto se debe llevar un libro de registro de emisiones, solicitar el Registro Estatal ante la Secretaría de Finanzas, y dar un reporte mensual en el Portal de la Secretaría de Finanzas.
Se cuenta con estímulos fiscales que permiten la reducción del pago.
- Cuando exista una reducción del 20% de las emisiones de un ejercicio fiscal a otro, habrá una reducción del impuesto del 15% que corresponda pagar en el ejercicio inmediato siguiente.
- Se podrá reducir la base gravable en un 25% de toneladas de CO2eq mediante la adquisición de reducciones certificadas de emisiones, ya sea en proyectos de reducción o absorción.
- Demostrando la neutralidad de carbono, se queda exento de este impuesto.
- Mediante el uso de procesos de combustión con gas natural se dará una reducción en el pago según la tabla de especificaciones presentada en la ley, cada año este estimulo ira siendo menor, y los contribuyentes que opten por este estimulo no podrán aplicar la exención por emitir menos de 25,000 toneladas y no podrán cambiar la opción elegida en el ejercicio fiscal correspondiente.
Para más información y actualizaciones se recomienda revisar los detalles proporcionados por la autoridad correspondiente, así como consultar directamente la ley.
Este tipo de impuestos son importantes porque desincentivan las actividades que atentan contra un medioambiente sano, haciendo que los responsables del daño contribuyan a su mitigación. Haciendo esto motiva a las empresas a hacer una transición a procesos más limpios con el ambiente, mejorando la calidad de vida de todos. La mala calidad del aire es un problema en el estado y todas las ciudades que afecta la salud de los habitantes. La finalidad de estas contribuciones es financiar políticas y programas de adaptación al cambio climático, reducción de contaminantes, fomento de la sustentabilidad económica, y la preservación y restauración del equilibrio ecológico. Por eso como ciudadanos debemos exigir y comprobar que la aplicación y uso de estos impuestos sea realizado de forma correcta y transparente.
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Fuentes:
https://po.tamaulipas.gob.mx/wp-content/uploads/2024/02/Ley_Hacienda.pdf