¿Qué es este nuevo decreto regulatorio del gobierno de España?
El Real Decreto 214/2025, publicado en el BOE el 12 de abril de 2025, crea el Registro de Huella de Carbono, Compensación y Proyectos de Absorción de CO₂, e impone obligaciones concretas sobre el cálculo de emisiones y la elaboración de un plan de reducción.

Con estas nuevas obligaciones se busca contribuir a la descarbonización global mediante:
- Reducir las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI).
- Incrementar las absorciones de CO₂ mediante sumideros naturales o tecnológicos.
- Facilitar que España cumpla con sus compromisos internacionales.
¿A quién afecta?
- Grandes empresas ya obligadas a reportar información no financiera (con más de 250–500 empleados o que superan umbrales económicos según la Ley 11/2018): ahora deben calcular su huella e implementar un plan de reducción.
- Administración General del Estado y su sector público administrativo: deberán inscribirse obligatoriamente en el registro a partir de 2026, con datos de huella correspondientes a 2025.
- Otras organizaciones (ONG, PYMEs, eventos grandes, proyectos de absorción voluntarios) pueden inscribirse de forma voluntaria, especialmente para acceder a incentivos o visibilidad.
Obligaciones clave
- Calcular la huella anual de carbono, incluyendo al menos los alcances 1 (emisiones directas) y 2 (energía comprada). El alcance 3 (cadena de valor) sigue siendo voluntario, salvo para la administración pública desde 2028.
- Diseñar un plan de reducción de emisiones con:
- Objetivo cuantificado
- Horizonte mínimo de cinco años
- Medidas concretas para lograrlo
- Publicar la huella y el plan online, de forma gratuita y accesible (por ejemplo, en la web corporativa o el informe de sostenibilidad), dentro de los seis meses tras el cierre del ejercicio económico.
Registro y estructura
El registro público, gestionado por la Oficina Española de Cambio Climático, cuenta con tres secciones:
- Huella de carbono y compromisos de reducción.
- Proyectos de absorción de CO₂ (por ejemplo actividades forestales, sumideros biológicos o carbono azul).
- Compensaciones de huella.
Además, el sistema permite la interoperabilidad con registros autonómicos y otros sistemas nacionales o europeos y una nota marginal en el Registro de la Propiedad para proyectos de absorción vinculados a fincas (con validez de cinco años).
Plazos y cronograma
- Vigencia del decreto: entra en vigor el 12 de junio de 2025 (dos meses tras su publicación).
- Primeros cálculos y plan: para empresas obligadas, referidos al año base 2025 y deben publicarse antes del 1 de julio de 2026.
- Inscripción obligatoria para el sector público: datos del año 2025, a inscribir en 2026.
- Alcance 3 obligatorio para administración pública: a partir de la huella correspondiente a 2028.
Beneficios que puede traer el cumplimiento de esta nueva regulación:
- Transparencia y rendición ambiental: la obligación de hacer público el cálculo y plan permite comparar y supervisar avances.
- Reputación e incentivos: hay sellos simbólicos (“Calculo”, “Reduzco”, “Compenso”) que otorga el Ministerio, con reconocimiento en licitaciones y contratación pública
- Desafíos técnicos: muchas PYMEs aún no están preparadas para medir su huella, especialmente el alcance 3; el decreto impulsa herramientas de aprendizaje.
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Fuentes: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2025-7439
