El 13 de mayo de 2024, el Consejo Mexicano de Normas de Información Financiera y Sostenibilidad (CINIF) publicó las dos primeras Normas de Información de Sostenibilidad (NIS) de su serie A y B. La emisión de estas normas representa la etapa 1 de su estrategia para la emisión de NIS:

La NIS A-1 define el marco conceptual y requisitos de calidad para la información de sostenibilidad, mientras que la NIS B-1 establece la necesidad de revelar Indicadores Básicos de Sostenibilidad (IBSO) para evaluar el estatus de sostenibilidad de una entidad.
A través de las NIS, el CINIF busca fomentar la revelación de información útil para aumentar la resiliencia de las entidades frente a desafíos de sostenibilidad y mejorar la toma de decisiones para el crecimiento sostenible.
NIS A-1 Marco Conceptual de las Normas de Información de Sostenibilidad
La NIS A-1 define el Marco Conceptual (MC) de las NIS, alineado con el MC de las Normas de Información Financiera (NIF). Establece la estructura de las NIS particulares y los conceptos clave de sostenibilidad e información de sostenibilidad.
Puntos claves:
- Aplicación conjunta: Las disposiciones deben aplicarse con las NIS particulares para preparar y revelar información de sostenibilidad en entidades que emitan estados financieros según el MC de las NIF.
- Características cualitativas: Define las cualidades fundamentales y de mejora que debe tener la información de sostenibilidad.
- Enfoque conceptual: No exige revelaciones específicas, sino que establece las características que la información debe cumplir según las NIS particulares.
NIS B-1
Puntos clave:
- Aplicación General: Se aplica a todas las entidades para la información de sostenibilidad.
- Revelación en Estados Financieros: Debe incluir información sobre el perfil y contexto operativo usando el formato del Apéndice A.
- Indicadores Básicos: Establece 30 IBSO (21 cuantitativos y 9 cualitativos) que deben ser revelados en su totalidad.
- Áreas: Los IBSO cubren ambiental, social y de gobernanza.
- Revelación de IBSO Cuantitativos: Cada IBSO cuantitativo debe mostrar su valor absoluto y relativo, con métodos específicos para su determinación.
- Fuentes de Información: La norma ofrece posibles fuentes para calcular o determinar cada IBSO.
- Notas a Estados Financieros: Los IBSO deben revelarse en las notas a los estados financieros, correspondientes al cierre del periodo de informe y a la entidad que presenta los estados.
¿Cuándo se aplican?
Ambas normas entrarán en vigor para los ejercicios que comiencen el 1 de enero de 2025, con posibilidad de adopción anticipada. Abarcan entidades que emitan estados financieros conforme al Marco Conceptual de las NIF. Las entidades reguladas deben seguir las regulaciones específicas emitidas por sus reguladores para la información de sostenibilidad.
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Fuente:
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