Norma Oficial Mexicana NOM-127-SSA1-2021, Agua para uso y consumo humano

Garantizar un suministro de agua potable de calidad adecuada es crucial para prevenir enfermedades relacionadas con el agua. Para lograr esto, es esencial establecer y mantener actualizados los límites permitidos en las características físicas, químicas, microbiológicas y radiactivas del agua. Esto asegura que el agua que se proporciona para el uso y consumo humano cumpla con los estándares necesarios para proteger la salud pública.

La NOM-127-SSA1-2021 es una actualización reciente de la Norma Oficial Mexicana que establece los estándares para la calidad del agua potable en México, abarcando sus características químicas, microbiológicas, físicas y radioactivas.

Esta norma, que comenzó a aplicarse el 28 de abril de 2023, es supervisada por la Secretaría de Salud Federal y la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris). Es obligatoria para todas las entidades, ya sean públicas o privadas, que estén encargadas del suministro de agua para consumo humano. Cabe señalar que esta norma no se aplica a las aguas residuales tratadas.

Análisis Fisicoquímico para Cumplir con la NOM-127-SSA1-2021

Para cumplir con la Norma Oficial Mexicana NOM-127-SSA1-2021, que regula la calidad del agua potable y residual, se deben realizar diversos análisis fisicoquímicos. Estos ensayos aseguran que el agua cumpla con los límites permisibles para su uso humano y para su potabilización.

Cianuro:

El límite máximo permisible de cianuro en aguas residuales tratadas es de 0.7 mg/L. Este parámetro es crucial porque el cianuro es altamente tóxico y puede representar un riesgo significativo para la salud humana y el medio ambiente si supera los límites establecidos.

Cloro Residual Libre:

Para el cloro residual libre, el límite permitido es de 0.2 a 1.50 mg/L en aguas residuales tratadas. Aunque el cloro es un desinfectante efectivo, en concentraciones altas puede ser tóxico para la vida acuática, por lo que es esencial tratar adecuadamente las aguas residuales antes de su descarga.

Cloruros:

La norma establece un límite de 250 mg/L para los cloruros en aguas residuales tratadas. El cloruro, presente naturalmente en el agua, puede ser liberado a través de actividades humanas. Niveles elevados pueden afectar la calidad del agua y la vida acuática.

Dureza Total:

La dureza total, medida en miligramos por litro de CaCO3, no debe superar los 500 mg/L en aguas residuales tratadas. Altos niveles de dureza pueden causar problemas de incrustación y corrosión, además de dificultar los procesos de limpieza.

Fenoles:

El límite para los fenoles en aguas residuales tratadas es de 0.5 mg/L. Los fenoles, que pueden encontrarse en aguas residuales industriales, pueden interferir con la vida acuática y la calidad del agua si no se controlan adecuadamente.

Cumplir con estos límites es esencial para proteger la salud pública y el medio ambiente.

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