¿Qué es la NOM-001-SEMARNAT-2021 Explicación y Puntos Importantes

La Nueva NOM-001-SEMARNAT-2021 entra en vigor el 3 de abril de 2023 y regula los limites para descargas de agua residuales en cuerpos de agua que son propiedad de la Nación. 

El 11 de marzo de 2022 se publicó en el Diario Oficinal de la Federación (DOF) la nueva NOM-001-SEMARNAT-2021 que dicta los límites de contaminantes que pueden descargarse en aguas nacionales. 

Dicha norma es la renovación de la NOM-001-SEMARNAT-1996 que no se encontraba actualizada con los nuevos aspectos técnicos y necesidades.

Tienen como objetivo garantizar el derecho al agua que se encuentra en el Artículo 4° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

La Norma entra en vigor a partir del 3 abril del 2023 y es de carácter obligatorio para los responsables de descargas de aguas residuales en cualquier tipo de receptor que sea de la Nación.

La Norma no aplica para descargas de agua que provienen exclusivamente de aguas pluviales ni a las que se vierten directamente al sistema de drenaje municipal. 

Aquí te explicamos los puntos más importantes de la NOM-001-SEMARNAT-2021.

Límites de Descargas de Contaminantes (Capitulo 4)

La concentración de contaminantes patógenos, parasitarios, metales y cianuros para la descarga de aguas residuales a cuerpos receptores no debe de exceder el límite permisible establecidos en las Tablas 1 y 2.

Tabla 1 de la NOM-001-SEMARNAT-2021
Tabla 2 de la NOM-001-SEMARNAT-2021

Los responsables de descarga deben de comprobar ordinariamente el cumplimiento de los límites conforme a las metodologías mencionadas a continuación.

Métodos de Prueba (Capítulo 5)

Para establecer los métodos de prueba se deberán de consultar otras normas aplicables según el caso como:

  • Norma Mexicana NMX-AA-003-1980, Aguas residuales-Muestreo 
  • Norma Mexicana NMX-AA-005-SCFI-2013, Análisis de agua-Medición de grasas y aceites recuperables en aguas naturales, residuales y residuales tratadas-Método de prueba 
  • Norma Mexicana NMX-AA-007-SCFI-2013, Análisis de agua-Medición de la temperatura en aguas naturales, residuales y residuales tratadas-Método de prueba 
  • Norma Mexicana NMX-AA-008-SCFI-2016 Análisis de agua-Medición de pH en aguas naturales, residuales y residuales tratadas-Método de prueba 
  • Norma Mexicana NMX-AA-017-1980, Aguas-Determinación de color 
  • Norma Mexicana NMX-AA-026-SCFI-2010, Análisis de agua-Medición de Nitrógeno Total Kjeldahl en aguas naturales, residuales y residuales tratadas-Método de prueba 
  • Norma Mexicana NMX-AA-029-SCFI-2001, Análisis de aguas-Determinación de fósforo total en aguas naturales, residuales y residuales tratadas-Método de prueba 
  • Norma Mexicana NMX-AA-030/1-SCFI-2012, Análisis de Agua-Medición de la demanda química de oxígeno en aguas naturales, residuales y residuales tratadas. -Método de prueba-parte 1-Método de reflujo abierto 
  • Norma Mexicana NMX-AA-030/2-SCFI-2011, Análisis de Agua-Determinación de la demanda química de oxígeno en aguas naturales, residuales y residuales tratadas-Método de prueba-parte 2-Determinación del índice de la demanda química de oxígeno-Método de tubo sellado a pequeña escala. 
  • Norma Mexicana NMX-AA-034-SCFI-2015, Análisis de agua Medición de sólidos y sales disueltas en agua naturales, residuales y residuales tratadas-Método de prueba 
  • Norma Mexicana NMX-AA-042-SCFI-2015, Análisis de agua-Enumeración de organismos coliformes totales, organismos coliformes fecales (termotolerantes) y escherichia coli-Método del número más probable en tubos múltiples 
  • Norma Mexicana NMX-AA-051-SCFI-2016 Análisis de agua-Medición de metales por absorción atómica en aguas naturales, potables, residuales y residuales tratadas Método de prueba 
  • Norma Mexicana NMX-AA-058-SCFI-2001, Análisis de aguas-Determinación de cianuros totales en aguas naturales, potables, residuales y residuales tratadas-Método de prueba 
  • Norma Mexicana NMX-AA-073-SCFI-2001, Análisis de agua-Determinación de cloruros totales en aguas naturales, residuales y residuales tratadas-Método de prueba 
  • Norma Mexicana NMX-AA-079-SCFI-2001, Análisis de aguas-Determinación de nitratos en aguas naturales, potables, residuales y residuales tratadas-Método de prueba 
  • Norma Mexicana NMX-AA-093-SCFI-2018 Análisis de agua-Medición de la conductividad eléctrica en aguas naturales, residuales y residuales tratadas. -Método de prueba 
  • Norma Mexicana NMX-AA-099-SCFI-2006, Análisis de Agua-Determinación de nitrógeno de nitritos en aguas naturales y residuales-Métodos de prueba 
  • Norma Mexicana NMX-AA-112-SCFI-2017 Análisis de agua y Sedimentos-Evaluación de Toxicidad Aguda con Vibrio Fischeri-Método de prueba 
  • Norma Mexicana NMX-AA-113-SCFI-2012, Análisis de agua-Medición del número de huevos de helminto en aguas residuales y residuales tratadas por observación microscópica-Método de prueba
  • Norma Mexicana NMX-AA-120-SCFI-2016 Que establece los requisitos y especificaciones de sustentabilidad de calidad de playas 
  • Norma Mexicana NMX-AA-167-SCFI-2017. Análisis de Agua-Enumeración de Organismos Patógenos: Enterococos Fecales en Aguas Naturales, Residuales, Residuales Tratadas, Salinas y Costeras Método de Prueba.
  • ISO 7887 Third edition 2011-12-15. Water quality-Examination and determination of colour. Method B: Determination of the true colour using optical instruments, en los numerales de la NOM-001-SEMARNAT-2021 que resulten aplicables.

El responsable de descarga tiene que verificar que los laboratorios de prueba utilicen los métodos para muestreo y análisis referidos en las normas anteriores Dichos laboratorios deben estar acreditados por la entidad de acreditación y aprobados por la autoridad competente. 

Igualmente, el responsable de descarga podrá solicitar a la SEMARNAT la autorización de métodos de prueba alternos. 

Muestreo (Capítulo 6)

Se deben de cumplir con la periodicidad de las pruebas según lo establecido en las Tablas 3 y 4.

Tabla 3 de la NOM-001-SEMARNAT-2021
Tabla 4 de la NOM-001-SEMARNAT-2021

Todo informe de resultados deberá de darse de alta en la plataforma que la CONAGUA disponga. 

Vigilancia y Cumplimiento (Capítulo 10)

La vigilancia del cumplimiento de la Norma corresponde a la SEMARNAT, por conducto de la CONAGUA y la PROFEPA.

Las sanciones por el incumplimiento de la Norma se encuentran establecidas en la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, la Ley de Aguas Nacionales, la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y sus respectivos reglamentos.


Consulta el texto completo en el Diario Oficial de la Federación 

Fuentes

Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. (2022, 11 marzo). Se publica NOM-001-SEMARNAT-2021, que establece límites de contaminantes en descargas de aguas residuales [Comunicado de prensa]. https://www.gob.mx/semarnat/prensa/se-publica-nom-001-semarnat-2021-que-establece-limites-de-contaminantes-en-descargas-de-aguas-residuales?idiom=es#:~:text=La%20NOM%2D001%2DSEMARNAT%2D2021%20actualiza%20la%20Norma%20Oficial,esta%20%C3%BAltima%20ya%20no%20cumpl%C3%ADa

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